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¿Por qué es tan importante cumplir con el Modelo 720 si es solo una declaración informativa?

El modelo 720 actualmente se encuentra bajo lupa por las autoridades europeas por lo cuantioso y desproporcionado de las sanciones, pero también es cierto que en el año 2019, la AEAT envió más de 2 millones de avisos a contribuyentes con cuentas en el extranjero avisándoles de que debían declarar sus bienes en el extranjero. A estos efectos, la declaración incluye tanto a personas físicas residentes fiscales en Bizkaia u otro territorio foral, como a personas jurídicas (empresas ubicadas en Bizkaia u otro territorio foral).

La Agencia Tributaria ha conseguido llegar a este gran número de personas gracias a la incorporación del sistema CRS (Common Reporting Standard), por el cual las diferentes Haciendas de más de 100 países comparten información con la española, más allá de los pertenecientes a la OCDE.

Los ejemplos de personas (repetimos individuales o jurídicas) obligadas a su presentación es variada:

  • Un pensionista alemán que vive en Málaga y recibe una pensión de su país de origen.
  • Una joven trabajadora retornada al País Vasco que mantiene una cuenta en libras en Londres.
  • Una pareja de bilbaínos que tienen una petite maison de veraneo en las Landas.
  • Un ciudadano francés que reside en San Sebastián por trabajo pero tiene una casa en propiedad y sus ahorros en su país de origen.
  • Una vitoriana que recibe una pensión de viudedad o un seguro de vida a cargo de su marido fallecido de nacionalidad británica.
  • Una empresa Eibar, S.L. que tiene participaciones de otra empresa en Iparrralde, S.L.

Todos ellos, si la categoría de la que hablamos (cuentas, viviendas, pensiones o seguros) es valorada en más de 50.000 euros deberían informar a la Hacienda formal de sus bienes en el extranjero. Puedes leer la parte primera del artículo para más información.

¿Cómo evitar las sanciones derivadas del Modelo 720?

El problema con la no presentación del Modelo 720 es que las sanciones pueden ser muy cuantiosas, y con la puesta en marcha del sistema CRS, es probable que recibas una comunicación de Hacienda.

En primer lugar hay que tener claro que en el supuesto de estar obligado a presentar este modelo es mejor hacerlo motu propio que esperar a la llamada de la Hacienda Foral o la AEAT.

Las diferencias en las multas son las siguientes:

  • Multa por declarar fuera de plazo (sin llamada de Hacienda): 100 euros por dato con un mínimo de 1.500 euros.
  • Multa por declarar bajo la llamada de Hacienda: 5.000 euros por cada dato, con un mínimo de 10.000 euros.

¿Cómo solucionar esto?

Si eres consciente de que tienes cuentas o bienes en el extranjero, valora la regularización de esta situación, mejor, si no te ha llamado Hacienda.

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¿Puedo presentar yo mismo la declaración?

SI. A través de tu certificado digital y la plataforma bizkaia.eus

¿Es necesario un abogado?

NO y SI. La presentación puedes hacerla tu mismo, pero la valoración de determinados bienes (acciones, bitcoins, una casa con hipoteca) no es tan evidente.

¿Si presento el modelo y me equivoco, omito algún dato, o valoro mis bienes a mi manera, puede haber multa?

SI. Igualmente habrá multa calificada de grave con los importes reflejados anteriormente.

¿Cómo actuar si he recibido una carta de Hacienda?

Asegúrate de la fecha de recepción y del contenido de la carta, normalmente será de carácter informativo, puedes responder tu mismo a esa carta o contar con un abogado especializado en el Modelo 720.

¿Cuáles son mis opciones si Hacienda me reclama una multa por incumplimiento o por falta de veracidad en la declaración?

En este caso, necesitarás un abogado para interponer un recurso de reposición por vía administrativa o una reclamación económico-administrativa frente al Tribunal Económico Administrativo Foral (TEAF) de Bizkaia.

¿Algo más?

SI. En Euskadi tienes que incorporar a los ejercicios no prescritos de tu IRPF el importe en forma de ganancia de capital del bien del que se trate tributando como tal y con un recargo de retardo de un 5%.

Te animamos a que cumplas con esta declaración ahora que estamos en plazo hasta el 31 de marzo de 2021, en relación con los bienes que pudieras tener en el extranjero en el año 2020 y nos contactes si tienes alguna duda en cómo valorar tus bienes o cómo presentar este modelo 720 ya sea en Bizkaia, en las otras Haciendas Forales o en la Hacienda Común (AEAT).